Las modificaciones realizadas al Decreto 127/014 Art 5 bis plantean la obligación a las empresas entre 5 - 50 trabajadores a contar con un plan de prevención de riesgos laborales (PRL), a ser realizado por una persona que tenga alguno de los siguientes títulos habilitantes: Técnico Prevencionista, Tecnólogo en Salud Ocupacional, Tecnólogo Prevencionista, Licenciado en Seguridad y Salud Ocupacional o Ingeniero Tecnólogo Prevencionista.
El PRL deberá abarcar la totalidad de las actividades de la empresa, y tiene que incluir la identificación de peligros, la evaluación de los riesgos, las medidas correctivas, y un cronograma de cumplimiento. Deberá actualizarse como mínimo cada seis meses, así como cada vez que cambien las condiciones de trabajo. De acuerdo con los resultados de la evaluación de riesgos realizada por el especialista, este podrá recomendar la necesidad de que la empresa contrate el servicio de prevención y salud en el trabajo que originalmente se preveía, en cuyo caso la empresa deberá contratarlos.
El decreto reafirma además la obligación de no permitir trabajar a aquellos trabajadores que no tengan Control de Salud / Carné de Salud al día. El MTSS tiene la potestad de intimar la conformación del Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo y el plan de vigilancia de la salud, para proteger la integridad física y la salud de los trabajadores.
Identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar la salud en el lugar de trabajo configurando un mapa de riesgos.
Elaboración de un Plan de Riesgos Laborales (PRL) de acuerdo a los riesgos identificados.
Asesoramiento técnico a las Comisiones de Salud y Seguridad en el Trabajo.
Intervenciones semestrales por el equipo de Seguridad Laboral.
Se envían documentos de las visitas semestrales a la empresa junto con la actualización del PRL.
Realización de los Carné de Salud de todos los funcionarios en Medilab dentro del plazo de vigencia de la propuesta (propuesta full) o bonificados (propueta básica).
Si desea obtener más información acerca de las actividades que nos competen en nuestro Plan de Prevención de Riesgos Laborales (Decreto 127/014 modificado), no dude en completar el formulario a continuación para poder evacuar sus dudas.
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